Muchas veces me han llamado o escrito para hacerme
consultas sobre situaciones que se han presentado cuando alguna persona acude a
un organismo público o privado, y les solicitan las partidas de nacimiento
vigentes, y la preocupación aumenta cuando deben viajar lejos para obtenerlas
nuevamente.
Este post tiene como propósito desmontar esa exigencia
de partidas de nacimiento, de defunción o de matrimonio vigentes, por cuanto no existe una norma jurídica concreta que así
lo disponga, por el contrario, sí encontramos el Artículo 94 de la Ley Orgánica
de Registro Civil (2009) que señala lo siguiente:
“Expedición gratuita del certificado del acta
de nacimiento
Artículo 94. La autoridad del Registro Civil expedirá
gratuitamente las certificaciones del acta de nacimiento, las cuales no tendrán
fecha de vencimiento; por lo tanto, los órganos y entes de la Administración
Pública, así como las instituciones privadas, no podrán exigirlas con una fecha
determinada de expedición, salvo que las mismas sean ilegibles o presenten
enmiendas o tachaduras que dificulten su comprensión.”
De la lectura de la norma, antes transcrita, se
infiere que las actas del Registro Civil, así como sus copias certificadas no
tienen fecha de vencimiento, por tanto, ningún funcionario o autoridad, pública
o privada, está facultada para exigirlas vigentes, y la única excepción para
requerir la exhibición y consignación de una nueva, es que la que se presente esté
en condiciones que no permita su lectura por deterioro debido al transcurso del
tiempo y su exposición a agentes químicos o físicos, o que haya sido objeto de
enmiendas o tachaduras que impidan su debida comprensión y que pueda hacer
presumir dudas sobre su autenticidad y veracidad.
Esa indebida e ilegal exigencia se observa
reiteradamente en las instituciones educativas, desconociendo la mencionada
prohibición, a pesar de las aclaratorias hechas por los miembros de la Comisión
de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE). En este
orden de ideas, todos debemos ser multiplicadores de esta información, para
crear cultura jurídica y evitar exigencias de esta índole que afectan el
tiempo, dinero y movilidad.
Al final de este post te dejo una imagen con el más
reciente comunicado oficial de la Comisión de Registro Civil y Electoral que se
explica por sí solo.
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