sábado, 1 de agosto de 2020

45) NUEVE (9) TIPS PARA SER EMPRENDEDOR LEGALMENTE

Desde hace poco tiempo la palabra emprender se ha hecho famosa en Venezuela en atención a múltiples factores que han conllevado a muchas personas a redireccionar o replantearse en el ámbito laboral.

Y ¿qué es emprender? ¿qué significa ser emprendedor? Básicamente, emprender es dar inicio a un negocio propio en medio de dificultades y riesgos, en el cual no se está bajo relación de dependencia o de subordinación con respecto a otra persona; por el contrario, da la oportunidad de ofrecer empleo y contribuir en la ampliación de la oferta laboral.

Hoy en día se observa mujeres y hombres que desde sus hogares elaboran y venden un sin fin de productos u ofrecen servicios, teniendo como apoyo la tecnología, las redes sociales, y es donde aparecen las llamadas tiendas virtuales. Pero más allá de estar vendiendo o prestando servicios se dan casos en que la venta requiere facturación por solicitarlo los potenciales clientes, en consecuencia, deben llenar previamente unos extremos de carácter legal.

Cuando una persona toma la decisión de emprender y dedicarse a la producción de bienes o servicios le surge una serie de interrogantes, entre las que destaca principalmente ¿qué papeles debo tener para ser emprendedor? Lo fundamental es dar formalidad jurídica a su emprendimiento, es decir, cumplir una serie de requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico, ya que en la mayoría de los casos se ejecutaran actos de comercio, que es sobre éste aspecto mercantil que el presente post va a contribuir al ofrecer una serie de tips.

Las personas emprendedoras afirman que van a iniciar su propio negocio aún en medio de las dificultades que la situación del país presenta, dedicándose a la venta de esto o aquello, o por el contrario a ofrecer servicios de cualquier naturaleza; es el entusiasmo y el anhelo de mejorar su calidad de vida lo que les da el impulso para arriesgarse y comenzar. Ahora bien, ya tienen la voluntad, el deseo, la motivación, aflora una gama de ideas y un derroche de creatividad, es en este momento donde comienza el proceso para activarse y dedicarse a lo que se han propuesto, del cual no escapa el ámbito jurídico y por ello se ofrece los siguientes tips para ser un emprendedor, legalmente:

1) Definir si el emprendimiento se hará individual o colectivamente: Este aspecto es fundamental, porque al pretenderse crear el negocio bajo la responsabilidad de una sola persona deberá constituirse una Firma Personal o Fondo de Comercio; mientras que, al asumirse la responsabilidad  con dos o más personas se debe formar una Compañía o Sociedad Anónima.

2)  Darle un nombre al emprendimiento: Todo negocio debe disponer de un nombre o razón social para identificarse y diferenciarse de la competencia que ofrezca idénticos productos o servicios.

3)  Precisar el objeto o actividades a las cuales se van a dedicar: Es necesario definir la actividad o actividades que se van a realizar en el negocio a emprender; por ejemplo: si se va a dedicar a la repostería se debe establecer expresamente las fases que dentro del proceso productivo se van a ejecutar, si sólo se va a dedicar a la preparación y venta en el sitio, o por el contrario van más allá, como la distribución a nivel municipal, regional o nacional. El objeto debe indicarse expresamente en el escrito mediante el cual se manifiesta al Registro Mercantil la voluntad de convertirse en comerciante y establecerse una Firma Personal o Fondo de Comercio, o en el Acta Constitutiva y Estatutaria para el caso de las Compañías o Sociedades Anónimas.

4) Hacer la reserva del nombre en el Registro Mercantil competente por el territorio: La reserva del nombre constituye la primera actividad que se debe ejecutar en el Registro Mercantil correspondiente, con el propósito de conocer sobre la existencia o no de otro negocio o empresa con el mismo nombre, por cuanto al existir otro con similar denominación, obviamente no se puede inscribir. Al no disponerse de otro con el mismo nombre se abre la posibilidad de dar continuidad a los trámites dentro del Registro Mercantil. Esto lo puede hacer la propia persona que desea emprender o confiárselo a un abogado de confianza que tenga experiencia en el área.

5)  Contratar los servicios de un abogado de confianza: El profesional del Derecho con experiencia en el área mercantil, se encargará de hacer la reserva del nombre en el Registro Mercantil correspondiente por el territorio, para saber si existe o no otro emprendimiento con el mismo nombre, esto si el cliente prefiere confiarle éste trámite al abogado. Luego redactará el acta constitutiva y estatutaria, en el supuesto de que el emprendimiento esté conformado por 2 o más personas; si por el contrario, el emprendimiento está en manos de una sola persona, se presentará un escrito para la inscripción de una firma personal o fondo de comercio. Presentado el escrito pertinente, y revisado por los funcionarios del Registro Mercantil, al ser aprobado se debe proceder a la cancelación de los aranceles o tasas. Posteriormente, el Registrador o Registradora Mercantil lo declara inscrito.

6) Publicar el escrito o acta constitutiva y estatutaria en la prensa: Luego de ser declarado inscrito se debe publicar el escrito o acta constitutiva y estatutaria en la prensa, con el propósito de que surta sus efectos frente a terceras personas. Una vez publicado, un ejemplar del periódico se debe consignar en el Registro Mercantil para ser insertado en el respectivo expediente. De no disponerse de prensa escrita en el lugar, se deberá dar cumplimiento a lo indicado por el Registro Mercantil para tal fin.

7) Habilitar los libros de comercio: En el Registro Mercantil se debe solicitar la habilitación de los libros de comercio ordenados llevar por el Código de Comercio y otros instrumentos normativos.

8) Inscribirse en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.): Ante el SENIAT se debe tramitar el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) que servirá como identificación en los actos sucesivos que se realicen ante autoridades públicas o privadas.

9)  Realizar los demás trámites de permisología dispuestos en los instrumentos normativos: Existen diversos instrumentos normativos que establecen la obligatoriedad de registrarse ante determinadas instancias y tramitar permisos para el funcionamiento adecuado del negocio, los cuales dependen de la actividad que se va a ejecutar. 

Al tomar en cuenta estos tips ya se puede emprender legalmente y disfrutar con pasión y entrega a lo que se ha propuesto realizar para contribuir con el desarrollo del país.